viernes, 29 de mayo de 2020

AYUDAS DE COMEDOR 2020-21

Plazo ordinario:
del 29 de mayo al 19 de junio de 2020

Plazo extraordinario para nuevos alumnos no matriculados aún:
del 1 al 15 de septiembre de 2020

Presentación de solicitudes:
A través de la sede electrónica, mediante el formulario que pueden encontrar en este enlace:

Documentos a aportar junto con la solicitud.
  • Libro de familia 
    (Obligatorio / No original) 
    o, en su defecto, cualquiera otra documentación fehaciente que acredite las personas que componen la unidad familiar.
  • Convenio regulador 
    (Obligatorio / No original) 
    En el supuesto de que el solicitante (a fecha 31 de diciembre de 2019) se encontrase divorciado, separado o hubiese extinguido una unión de hecho, y con independencia de que en ese momento tuviese o no constituido un nuevo vínculo o relación de hecho con otra persona, en el que conste la pensión de alimentos a favor de los hijos comunes y la pensión compensatoria, en su caso, o documentación que acredite suficientemente la inexistencia de dicho convenio.
  • Acreditación de orfandad 
    (No obligatorio / No original) 
    También podrá presentarse la siguiente documentación:a) o documentación que acredite la pertenencia del alumno a una familia monoparental, en su caso (documentos acreditativos de la filiación, certificados de defunción, etc)
  • Sentencia de separación o divorcio 
    (Obligatorio / No original) 
    En caso de que el solicitante pertenezca a una unidad familiar en régimen de custodia compartida deberá presentar la sentencia de separación o divorcio donde se justifique dicha circunstancia.
  • Documento Nacional de Identidad 
    (Obligatorio / No original) 
    Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identificación de Extranjeros (NIE)
  • Acreditación 
    (No obligatorio / No original) 
    Familia monoparental. Certificado de defunción en el caso de fallecimiento de uno de los progenitores
  • Acreditación 
    (Obligatorio / No original) 
    Carnet de Familia numerosa en el caso de que esté reconocida en otras Comunidades Autónomas.
  • Declaración responsable 
    (Obligatorio / No original) 
    Declaración responsable y cláusula autorización
  • Acreditación de la condición de víctima de violencia de género 
    (No obligatorio / No original) 
    Acreditación de la condición de víctima de violencia de género
  • Certificado de víctima del terrorismo expedido por el Ministerio del Interior 
    (No obligatorio / No original) 
    Acreditación de víctima de actos de terrorismo.
  • Designación/autorización de representación 
    (No obligatorio / No original) 
    Autorización para la representación
  • Certificado de Nivel de Renta Intermediado (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Documentación acreditativa del título de familia numerosa reconocido y expedidopor la Administración de la Comunidad Autónoma de Murcia. (*)
  • Consulta de nacimiento (*)
  • Consulta del título de familia numerosa en Intermediación (*)
  • Consulta de defunción (*)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes:



Umbrales de la RENTA



Aquellas familias que NO dispongan de clave de firma (certificado electrónico, DNI o Cl@avePin) y opten por el formulario sin acreditación, una vez cumplimentada la solicitud telemática, deberán imprimir en fichero PDF y presentarlo con su firma y las de los demás mayores de 18 años de la familia en el centro educativo, junto con el "Modelo de declaración responsable" (obligatorio) y junto con la documentación necesaria.


No hay comentarios:

Publicar un comentario